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Más requisitos para conducir ciclomotores

admin | Carnet de moto | Martes, Mayo 12, 2009

ntre las novedades del Reglamento destaca que la actual licencia de conducción de ciclomotores (hasta 50 centímetros cúbicos) pasa a ser el nuevo permiso de conducción de la clase AM que podrá obtenerse con 14 años hasta el 1 de septiembre, pero a partir de entonces se elevará la edad mínima a los 15 años.

Ahora para conducir un ciclomotor no será suficiente con pagar el importe de la licencias. Con la incorporación de las nuevas normas el permiso se obtendrá, como cualquier otro, superando una prueba específica de conocimientos y otra práctica en circuito cerrado.

Pero no es el único cambio en cuanto a ciclomotores se refiere, el nuevo reglamento establece además una edad mínima de 15 años para conducir un ciclomotor y estará prohibido llevar pasajeros hasta que no se cumpla la mayoría de edad.

Para conducir motos de 50 a 125 CC se mantiene el permiso que había hasta ahora, el A1, pero para vehículos de mayor cilindrada, hasta 500 CC hará falta el nuevo permiso de conducción A2.

La conducción de los vehículos más potentes exigirá poseer el permiso de clase A, aunque este sólo podrá ser obtenido a través de un acceso progresivo, con 20 años cumplidos y al menos dos años de antigüedad del permiso anterior, el nuevo A2.

Dos nuevos permisos, para conducir motos con los que se intentará que España deje de ser uno de los países con mayor índice de siniestralidad sobre las dos ruedas

La finalidad del nuevo Reglamento es incorporar al Derecho interno español la Directiva comunitaria del 20 de diciembre de 2006 sobre el permiso de conducción, cuyo principal objetivo es avanzar en la armonización de las normas sobre las autorizaciones para conducir.

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